Tras el fin de la Guerra Civil, el régimen franquista obligó a miles de prisioneros de guerra y disidentes político a realizar trabajo esclavo en los conocidos como ‘Batallones de Trabajo”, diseñados para castigar políticamente y sacar beneficios económicos de aquellas personas consideradas como desafectos al régimen franquista.
Las condiciones de vida de los prisioneros en estos centros de concentración distribuidos por todo el territorio y que tenían como objeto acometer obras de carácter militar y civil, estuvieron marcadas por la mala alimentación, la dureza del trabajo, las jornadas interminables y el hacinamiento en edificios abandonados.
El Convenio número 29 de la OIT sobre el Trabajo Forzoso, ratificado por España en el año 1932, obligaba a los Estados que lo ratifican a suprimir el empleo de trabajos forzosos u obligatorios en todas sus formas y manifestaciones. Este sistema de Batallones de Trabajadores parte por tanto de una violación de la legislación internacional.
Pero es que más allá de la normativa citada, debemos recordar la obligación de investigación de crímenes de Derecho Internacional, plasmada, entre otras, en las siguientes disposiciones que, específicamente, proscriben el trabajo forzado o esclavo.
- En el ámbito de las Naciones Unidas el trabajo forzoso ha sido además recogido en el ámbito de las Naciones Unidas en numerosos documentos internacionales. Destacan la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 que en su artículo 4 establece que “Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre. La esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas”, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 que en su artículo 8.3.a establece que “Nadie será constreñido a ejecutar un trabajo forzoso u obligatorio” o la Convención sobre la Esclavitud de 1926 y la Convención suplementaria de 1956.
- Por su parte, en el ámbito europeo, el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950 y que es el principal tratado europeo sobre derechos humanos del Consejo Europeo, prohíbe la esclavitud y el trabajo forzoso. Asimismo, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea del año 2000, recoge también la prohibición a la esclavitud y al trabajo forzoso.
- En lo referente al Estado español, la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, recoge en su artículo 32 que «La Administración General del Estado impulsará actuaciones para el reconocimiento y reparación a las víctimas que realizaron trabajos forzados».
En el caso del trabajo esclavo al que nos referimos, y al ser el empresario el Estado, más allá de las responsabilidades individuales que pudieran existir en las personas que más cerca estuvieron de la represión, la responsabilidad general es del Estado y debe resarcir los daños causados. Contamos con herramientas democráticas y distancia emocional para hablar y enmendar estos hechos del pasado. Hoy los testimonios que no han querido ser escuchados pueden ser expresados, y aunque no pudieron participar en la construcción del relato oficial, nosotros y nosotras podemos hacer pedagogía social como garantía de no repetición.
Ninguna víctima ni sus familiares han sido reparadas por la justicia, y ni uno sólo de los responsables de tanto horror y dolor ha compadecido ante un tribunal de justicia. Esta inaudita situación concierne a la sociedad en su conjunto, porque reconocer y subsanar las atrocidades cometidas durante la dictadura franquista es un paso necesario para avanzar como país y fortalecer nuestra democracia, porque el consenso social no puede ser “olvidar”, sino que se deben ofrecer alternativas al silencio impuesto por la represión.
Pero también afecta directamente a vecinas y vecinos ripenses, descendientes de víctimas del trabajo esclavo. Familias ripenses, descendientes de prisioneros republicanos que fueron obligados a trabajar construyendo diferentes edificaciones de obra civil van a tomar medidas legales por los trabajos forzados en obras promovidas por el Estado durante el franquismo, y deben ser reconocidos como víctimas de la dictadura. Hubo 300.000 prisioneros de guerra condenados cuyas penas de muerte fueron conmutadas en condenas de años de trabajo en condiciones esclavistas y es una obligación moral acompañar a estas familias durante el proceso, dando cumplimiento a los principios de verdad, justicia y reparación, imprescindibles para ensanchar nuestra cultura democrática.
El silencio impuesto sobre la realidad del trabajo forzado que sufrieron los presos republicanos debe finalizar y el Estado debe reconocer esta parte de la historia negada, lo cual permitirá que los que sufrieron estigmatizados puedan restaurar, al menos simbólicamente, la dignidad de sus antepasados.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, el grupo IU Rivas – Más Madrid – Verdes Equo eleva los siguientes acuerdos para su debate y aprobación:
ACUERDOS
- Manifestar su adhesión y apoyo a las acciones legales que interpongan las familias ripenses, con familiares víctimas de trabajo esclavo, ante los Juzgados de Instrucción que corresponda, a los efectos de iniciar una investigación de los crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura franquista en los familiares de ciudadanos y ciudadanas de Rivas Vaciamadrid. Para que así se conozca cómo fueron perpetrados dichos crímenes, dando traslado de este acuerdo al Fiscal de la Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria, Dolores Delgado García.
- Instar asimismo al Gobierno municipal a hacer todo lo posible por recuperar la memoria Democrática de los crímenes llevados a cabo por el régimen franquista, fomentando y apoyando la investigación con el fin de que sirvan para poner de manifiesto la verdadera historia del régimen franquista, para conocimiento y valoración de la población ripense ahora y en el futuro.
- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a iniciar la tramitación parlamentaria de una Ley de Memoria Democrática que recoja la colaboración entre Administraciones para promover la reparación moral y la recuperación de la memoria.
- Dar traslado de los acuerdos adoptados a los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid.